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Si usted trabaja para empresa no lucrativa, también es su derecho solicitar los beneficios del Seguro Social

Published by Isabel Vaca

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Si usted trabaja para empresa no lucrativa, también es su derecho solicitar los beneficios del Seguro Social. A continuación le compartimos algunos de ellos:

Beneficios por jubilación: Para tener derecho a beneficios por jubilación del Seguro Social, las personas que nacieron en, o después del 1929 necesitan tener 40 créditos de Seguro Social. Sin embargo, si trabaja para una organización sin fines de lucro, cuya protección de Seguro Social fue mandato de la ley comenzando en el 1984, usted podría recibir beneficios por jubilación, aunque tenga menos de 40 créditos de Seguro Social.

Beneficios por incapacidad: El número de créditos de Seguro Social que necesita para tener derecho a beneficios por incapacidad depende de su edad y de cuándo usted decida incapacitarse.

Beneficios para sobrevivientes: Se pueden pagar beneficios para sobrevivientes a su cónyuge sobrevivientes y niños. El número de créditos necesarios dependerá de su edad al fallecer. Solo se necesitan seis créditos para pagar beneficios a los sobrevivientes de un trabajador 28 años o menor. Si este laboró para una empresa sin fines de lucro.

Para informarse mejor comuníquese con nosotros, en #LawOfficeofGerardLynch atenderemos cualquier duda que tenga sobre el Seguro Social. ¡Contáctanos!

Client Testimonials

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Este fue mi primer caso de contratación de un abogado, pero me alegro de que el abogado que elegí trabajó diligentemente conmigo para ayudarme a obtener los resultados que estaba buscando. Confío en dejar que las oficinas legales de Gerard Lynch se encarguen de mi negocio cuando sea necesario, y me pondré en contacto con esta oficina cuando haya otro asunto que deba resolver. Yo, Alexander Foster, estoy muy satisfecho con el resultado de mi caso. La oficina legal de Gerard Lynch y yo trabajamos juntos y logramos el objetivo por el que estábamos luchando. Estoy muy agradecido.

Alexander Foster,
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El mejor y más importante cumplido que puedo darle a esta empresa es el hecho de que no tuve que ir a la oficina y, en general, mi caso se manejó de manera muy rápida. Gracias por un trabajo bien hecho en mi nombre.

Kathy Brown,
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Necesitamos más abogados como el Sr. Lynch con corazón y mente comprensivos. Que Dios te bendiga a ti y a tu personal. Disfruté trabajando con el Sr. Lynch y muchas gracias.

M. Robertson,

Preguntas Frecuentes

¿Debo estar deshabilitado permanentemente para recibir Discapacidad del Seguro Social (SSD)?

No. Un reclamante debe estar incapacitado durante al menos 12 meses o tener una condición médica que sea terminal o que se espere que conduzca a la muerte. A veces, un reclamante no está deshabilitado permanentemente, pero tiene un cierto período de tiempo en el que no puede trabajar. Por ejemplo, un reclamante puede tener un accidente automovilístico, necesita someterse a varias cirugías y no trabajar por al menos un año. El reclamante puede recibir beneficios por el período antes de que regrese al trabajo.

Es posible pero raro. En un caso de discapacidad del Seguro Social (SSD), los registros médicos son tu evidencia y esa es la prueba que tienes para demostrarle a la Administración del Seguro Social (SSA) y al juez de seguridad social que tienes una condición médica grave que te impide trabajar. Si no tienes registros médicos recientes, es mucho más difícil ganar un caso. Existe la posibilidad, aunque no es común, de que tu caso se apruebe simplemente yendo a un examen de consulta que la SSA te envía, donde un médico te realiza un examen físico o mental.

Uno de los beneficios de trabajar con nuestra oficina es que analizaremos tu caso con detenimiento y, si no cuentas con suficientes registros médicos actuales, a menudo podemos brindarte información sobre servicios de salud para indigentes o de bajos ingresos a los que puedes acudir y recibir tratamiento médico. Gratis o muy reducido el costo.

Nuestro bufete de abogados, la oficina legal de Gerard Lynch, solo cobra a nuestros clientes si ganamos sus beneficios de discapacidad del Seguro Social (SSD) o Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI). Cobramos de forma contingente, el 25% del pago retroactivo, un límite de hasta $ 6000, otorgado a un reclamante cuando ganamos el caso. Las tarifas están reguladas por la Administración del Seguro Social (SSA). Si no ganamos tu caso, no cobramos nada sin importar cuánto trabajo hayamos hecho. Una vez que un cliente gana y comienzan sus cheques mensuales, mantendrán el 100% de sus cheques.

La discapacidad del Seguro Social (SSD) proviene de los impuestos FICA que se deducen de los cheques de pago durante el historial laboral de una persona. Cada mes que una persona trabaja y reporta ingresos al gobierno, se deducen los impuestos que se pagan a la seguridad social. Cuando los impuestos de FICA se retiran de los cheques de pago, la mayor parte se destina al fondo de jubilación de la seguridad social. Sin embargo, una porción más pequeña se destina al fondo de discapacidad de la seguridad social. Las personas que se vuelven discapacitadas a lo largo de su vida y aún no son elegibles para recibir sus beneficios de jubilación de edad completa pueden obtener beneficios del fondo de discapacidad. Una diferencia entre la Discapacidad del Seguro Social (SSD) y la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) es que la Discapacidad del Seguro Social (SSD) es como la jubilación de la seguridad social: no importa cuánto dinero tenga una persona o cuántos activos tenga.

El Ingreso de Seguridad Suplementario (SSI) es un programa diferente para personas discapacitadas y es como una forma de bienestar. Al igual que los cupones de alimentos, si tiene demasiado dinero, bienes o bienes, no será elegible para Ingreso de Seguridad Suplementario (SSI) incluso si está claramente incapacitado. El Ingreso de Seguridad Suplementario (SSI) es para personas que son demasiado jóvenes para haber pagado lo suficiente en el sistema o que no han trabajado lo suficientemente recientemente como para recibir la Discapacidad del Seguro Social (SSD). Los beneficios otorgados a los reclamantes de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) provienen del fondo general del gobierno de los EE. UU. Para recibir Ingreso de Seguridad Suplementario (SSI), el reclamante debe estar igualmente discapacitado frente a una persona que recibe una Discapacidad del Seguro Social (SSD): el estándar para determinar la discapacidad es el mismo. La única diferencia para decidir qué reclamante recibe el Seguro Social por Discapacidad (SSD) o la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) proviene de la cantidad de dinero que se paga en el sistema de seguridad social a lo largo de la vida.