Ciertos miembros de su familia pueden tener derecho a beneficios basados en su trabajo. Estos incluyen:
• Su cónyuge, si él o ella es mayor de 62 años;
• Su cónyuge, de cualquier edad si tiene a su cuidado un niño de usted, menor de 16 años o incapacitado;
• Su niño soltero, incluyendo un niño adoptado, o en algunos casos, un hijastro(a) o nieto. El niño debe ser menor de 18 años, o menor de 19 años si aún asiste a una escuela secundaria; y
• Un niño soltero mayor de 18 años, si tiene una incapacidad que empezó antes de los 22 años. (La incapacidad del niño también debe cumplir con la definición de incapacidad para adultos.)
Si eres reclamante por discapacidad del Seguro Social y tu solicitud fue negada, nosotros podemos ayudarte, el despacho legal de Gerard Lynch ha practicado exclusivamente la Ley de discapacidad del Seguro Social durante 25 años. Nuestros abogados de seguridad social de Houston han dedicado nuestra práctica legal a ayudar a las personas y familias a obtener sus beneficios.
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