Después de jubilarse, es posible que reciba pagos por trabajos que realizó antes de comenzar a recibir los beneficios de Seguro Social. Normalmente, estos pagos no afectarán sus beneficios de Seguro Social si son por trabajo que realizó antes de jubilarse.
Si trabajó por salarios, los ingresos que recibió después de jubilarse cuenta como un pago especial si es la última tarea que realizó la completó antes de que dejara de trabajar. Algunos de los pagos especiales para empleados incluyen bonos, pagos por vacaciones acumuladas o por enfermedad, pagos de indemnización, pagos retroactivos, pagos de reserva, comisiones por ventas y pagos por jubilación.
Si trabajó por cuenta propia, cualquier ingreso neto que reciba después del primer año en que se jubile cuenta como un pago especial, si realizó los servicios antes de que comenzara a recibir los beneficios de Seguro Social. “Servicios” se refiere a cualquier trabajo regular u otra actividad significativa que realice para su negocio.
El despacho legal de Gerard Lynch ha practicado exclusivamente la ley de discapacidad del Seguro Social durante 25 años. Nuestros abogados de seguridad social de Houston han dedicado nuestra práctica legal a ayudar a las personas y familias a obtener sus beneficios.
¡Contactanos, nosotros podemos ayudarte!